Sistema CRET@ de la Seguridad Social (1/2)

Publicado por: adpedrero. Categoría(s): Empresas , Nuevas Tecnologías .

imagen de Sistema CRET@ de la Seguridad Social (1/2)

La Seguridad Social ha apostado firmemente por las Administración Electrónica, y eso se nota si nos fijamos en la evolución en estos últimos años hasta llegar al CRET@. Este nuevo sistema de liquidación directa entro en vigor este año 2015 y su implantación será progresiva hasta que todas las empresas abandonen el sistema de autoliquidaciones. ANTECEDENTES Si hacemos un poco de historia observamos las siguientes etapas:

  1. Año 1995, se pone en marcha el sistema RED un canal para que las empresas transmitan a la Seguridad Social los datos de liquidación por medios electrónicos. Este sistema ha ido evolucionando e introduciendo nuevas funcionalidades;comunicación de partes de afiliación, partes de alta y baja de forma electrónica, canal de información que permite trasladar noticias desde la TGSS a las empresas...
  2. Año 2008, nace el proyecto RED Directo , un control de recaudación por trabajador. Fue ideado para que la TGSS llevase a cabo el cálculo de las liquidaciones, no en función de los datos correspondientes a cada CCC, sino individualmente por cada trabajador. Con ello se pretendía la desaparición de las autoliquidaciones que realizaban las empresas, al facturarles directamente la Tesorería General el pago de sus cuotas. Este modelo se implantó de manera voluntaria en empresas de menos de 15 trabajadores
  3. Año 2011, se universalizo el uso del sistema RED con dos novedades importantes; presentación de los boletines de cotización a través de este sistema y pago a través de medios electrónicos.
  4. Se pone en funcionamiento el proyecto de Notificaciones Electrónicas de los actos administrativos emitidos por la TGSS.
  5. También en el año 2011 se implanto el Tablón Electrónico de Avisos y Edictos de la Seguridad Social, gracias a este tablón de anuncios ya no era necesario publicar los actos administrativos en el tablón de edictos de los ayuntamientos, ni en boletines oficiales.

Centrándonos mas el sistema Cret@, esta regulado en la Ley 34/2014 que hace referencia a la implantación generalizada del denominado sistema de liquidación directa. En la actualidad conviven tres sistemas para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social:

  • Sistema de autoliquidación; la empresa realiza los cálculos de la liquidación de cuotas.
  • Sistema de liquidación directa; consiste en la facturación de las cuotas por parte de la Seguridad Social
  • Sistema de liquidación simplificada; cuotas fijas (RETA, empleadas de hogar, trabajadores del mar, convenios especiales, etc)

INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA TGSS En el nuevo sistema, los sujetos responsables estarán obligados a aportar los siguientes datos:

  • Una vez en cada ejercicio, los de cotización relativos a sus trabajadores: bases de cotización, número de horas en contratos a tiempo parcial y número de horas complementarias, entre otros.
  • De forma mensual, los datos que hayan sufrido modificaciones respecto a periodos de liquidación anteriores o sobre nuevos trabajadores.

IMPLANTACIÓN La implantación de este nuevo sistema será progresiva. Una vez que la TGSS notifique la resolución a los autorizados por la que se les comunica que están obligados a a cogerse al sistema de liquidación directa. A partir de ese momento tendrán un período de prueba de 3 meses en el cual, la empresa, utilizará los dos sistemas de liquidación  aunque la validez corresponderá a la información transmitida a través de la autoliquidación. La figura del autorizado será un sujeto habilitado para la transmisión electrónica de los datos, quedando igualmente habilitado para recibir las comunicaciones y notificaciones de la TGSS. En mi próximo post entrare más en detalle en la OPERATIVA.